Fallo sobre la Ley de Víctimas Infantiles de NY
11 de diciembre de 2020

La Ley de Víctimas Infantiles (CVA) fue firmada el 14 de febrero de 2019 por el gobernador de Nueva York, Andrew Cuomo. Desde entonces, se presentaron 44 quejas contra la Diócesis de Rockville Center, que argumentó que la ley viola la Cláusula de Debido Proceso de la constitución estatal. Sin embargo, el juez de la Corte Suprema Steven Jaeger del Condado de Nassau dijo que la CVA no viola su derecho al debido proceso y negó la moción del demandado para desestimar. En el fallo, escribió: “Basado en esta historia legislativa, el tribunal encuentra que la Ley de Víctimas Infantiles es una respuesta razonable para remediar la injusticia del abuso sexual infantil pasado”.
Esta pieza legislativa histórica también ha sido adoptada por California y tiene un impacto duradero en las víctimas de abuso sexual en el estado. A partir del 1 de enero de 2020, la Ley de Víctimas Infantiles de California (AB 218) abrió una ventana de 3 años para los sobrevivientes de agresiones sexuales infantiles en California. Ahora, las víctimas de cualquier edad pueden presentar reclamaciones contra sus agresores y las instituciones responsables, sin importar cuándo ocurrió el abuso.
El Nuevo Fallo
La CVA abrió una ventana de “revisión” para los sobrevivientes de abuso sexual infantil. Tradicionalmente, los estatutos de limitaciones les impedían presentar demandas sobre reclamaciones más antiguas. El período de revisión de un año también fue extendido por cinco meses por el gobernador (hasta el 14 de enero de 2021), en respuesta a la reducción de los servicios judiciales debido a la pandemia de coronavirus.
La orden del juez Steven M. Jaeger, emitida el 13 de mayo de 2020, dijo que para encontrar que la legislación satisface la cláusula de debido proceso, un tribunal solo necesita determinar que fue una medida razonable para abordar una injusticia. El fallo efectivamente sostuvo la constitucionalidad de la CVA. Por lo tanto, los límites de tiempo son menos un factor al presentar demandas por abuso. Además, el juez Jaeger encontró que la ley revive cualquier reclamación que alegue conducta intencional o negligente, en relación con delitos de abuso sexual infantil, que causen lesiones personales.
Una Breve Historia
Hacer responsables a la Iglesia Católica y a las diócesis individuales por las reclamaciones de agresión sexual ha sido un problema durante un tiempo. En Zumpano v. Quinn, 6 NY3d 666 (2206), la Corte de Apelaciones de Nueva York señaló que el presunto abuso sexual por parte de sacerdotes era reprobable, pero proceder con acciones legales fuera de los estatutos de limitaciones aplicables dependía de la legislatura estatal. Por lo tanto, las reclamaciones presentadas en el caso fueron desestimadas.
El asunto del debido proceso se abordó en varios otros casos desde entonces. El Proyecto de Ley del Senado de Nueva York No. 2440 en 2019 explica que la CVA fue promulgada en apoyo a los sobrevivientes pasados y futuros de abuso sexual infantil. Su propósito también es ayudar a identificar a depredadores infantiles ocultos y trasladar los costos del abuso a quienes son responsables de él. En la queja contra la diócesis del Condado de Nassau, el demandante alegó varios cargos de negligencia, que la organización argumentó deberían estar sujetos a plazos. Los hallazgos del juez Jaeger refutaron esto, negando así su moción para desestimar.
Lo Que Esto Significa para las Víctimas y Sus Abogados
La CVA proporciona varios cambios que incluyen:
- Una extensión del estatuto de limitaciones en reclamaciones de abuso sexual que involucran a niños menores de 18 años.
- Las acciones civiles sobre esta conducta criminal pueden ser presentadas hasta que la víctima alcance los 55 años.
- Una ventana de 17 meses para revivir acciones civiles con un estatuto de limitaciones que comienza el 14 de agosto de 2019.
Los delitos sexuales pueden tener numerosos efectos en las víctimas, como lo reconocen tanto los tribunales de Nueva York como los de California. Además, los retrasos en la toma de acciones y los obstáculos en el proceso legal pueden complicar aún más las cosas. Presentar demandas puede involucrar muchos desafíos, sin mencionar la interrupción de los servicios judiciales durante la pandemia.
Pero ahora que el período de revisión está en efecto y ha sido extendido, las víctimas y sus abogados tienen más tiempo para presentar reclamaciones por abuso sexual infantil y hacer que las partes sean responsables por sus acciones o negligencia.
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